Es una certificación entregada por la Superintendencia de Electricidad y Combustible a todas las instalaciones de gas que cumplan con la normativa vigente; es decir, que no presenten defectos en sus artefactos individuales, colectivos y obras complementarias.
Conoce el Sello de tus Instalaciones de Gas
¿Está certificación es obligatoria?
El Sello Verde es obligatorio en todas las edificaciones habitacionales, comerciales, de oficinas, de uso público o centros comerciales que tengan instalaciones de gas, incluyendo los que solo utilizan este combustible en espacios comunes.
Los edificios que fueron construidos con unidades que solo cuentan con servicio eléctrico pero tienen un sistema de calderas a gas para el agua caliente, indiferentemente deben tramitar la certificación que otorga SEC, ya que son consideradas como una unidades individuales en las inspecciones.
En el caso de condominios en los cuales las unidades privadas tienen cocina a gas, la certificación debe ser realizada de manera colectiva e individualizada; incluyendo tuberías internas. En este caso, el sello verde general depende en gran medida de la inspección individual.
¿Cuáles son los Sellos Certificadores luego de la inspección periódica?
¿Hay una multa por no tener Sello Verde?
No existe una multa por no tener Sello Verde; sin embargo, si en una unidad se observan problemas graves y se califican con sello rojo, se procederá a cortar el suministro de gas hasta que sean corregidos.
Pero recuerda, regularizar el estado y funcionamiento de las instalaciones de gas es primordial para la tranquilidad de todas las personas.
¡Que no se te olviden las certificaciones!
Mantener el Sello Verde en tu local comercial, colegio o edificio residencial es de gran importancia, ya que certifica el cumplimiento de normativas y estándares de eficiencia energética y seguridad, lo cual garantiza la protección de las personas y propiedades.
Las inspecciones se deben realizar obligatoriamente cada dos años en instalaciones con uso de gas en condominios y edificios, extendiendo el período entre inspecciones a 4 años en casos en los cuales se consigan dos sellos verdes consecutivos.